La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ya puso en marcha el cronograma fiscal para el Monotributo 2026. Con la publicación de los nuevos valores, los trabajadores independientes y pequeños comercios ya conocen los límites de facturación y los montos mensuales que deberán afrontar para mantenerse dentro del régimen simplificado.
Este sistema, que unifica en una sola cuota el componente impositivo (sustituto de IVA y Ganancias) con los aportes jubilatorios y de obra social, inicia el ciclo lectivo con una premisa de continuidad: los valores se sitúan en niveles equivalentes a los del último tramo del año pasado.
Escalas de facturación: ¿dónde queda parado cada contribuyente?
Los límites de ingresos brutos anuales son el termómetro que define la permanencia en el sistema. Para este período, los topes máximos por categoría son:
- Categoría A: $8.992.597,87
- Categoría B: $13.175.201,52
- Categoría C: $18.473.166,15
- Categoría D: $22.934.610,05
- Categoría E: $26.977.793,60
- Categoría F: $33.809.379,57
- Categoría G: $40.431.835,35
- Categoría H: $61.344.853,64
- Categoría I: $68.664.410,05
- Categoría J: $78.632.948,76
- Categoría K: $94.805.682,90
Nota importante: Superar el límite de la Categoría K implica la exclusión automática del régimen simplificado y el traspaso al Régimen General, un salto que suele representar una carga administrativa y fiscal significativamente mayor.
Cuotas Mensuales: los importes a pagar desde enero
El costo mensual del Monotributo varía según la escala y, a partir de la Categoría C, según si se prestan servicios o se realiza venta de bienes muebles (comercio).
| Categoría | Servicios | Comercio |
| A | $37.085,74 | $37.085,74 |
| B | $42.216,41 | $42.216,41 |
| C | $49.435,58 | $48.320,22 |
| D | $63.357,80 | $61.824,18 |
| E | $89.714,31 | $81.070,26 |
| F | $112.906,59 | $97.291,54 |
| G | $172.457,38 | $118.920,05 |
| H | $391.400,62 | $238.038,48 |
| I | $721.650,46 | $355.672,64 |
| J | $874.069,29 | $434.895,92 |
| K | $1.208.890,60 | $525.732,01 |
El calendario de recategorización: enero y agosto
El 2026 mantiene el esquema de recategorización semestral obligatoria. Este proceso es vital para ajustar la situación fiscal del contribuyente a su realidad económica.
- Primera ventana: entre finales de enero y principios de febrero.
- Segunda ventana: durante el mes de agosto.
Para el cálculo, se deben sumar los ingresos de los últimos 12 meses, además de considerar el consumo de energía eléctrica y el valor de los alquileres devengados. ARCA advirtió que cruzará datos mediante sus sistemas de control inteligente; si detecta inconsistencias (como gastos con tarjeta superiores a la facturación declarada), podrá aplicar recategorizaciones de oficio y sanciones.
Claves para la permanencia en el régimen
Para evitar sorpresas o notificaciones en el domicilio fiscal electrónico, ARCA recomienda a los monotributistas:
- Cumplir con el pago mensual en término (preferentemente vía débito automático para evitar recargos).
- Monitorear la facturación acumulada mes a mes.
- Actualizar los datos en el portal oficial si hubo cambios en la actividad económica.
De esta manera, el sistema arranca el 2026 con reglas claras, aunque el desafío para el contribuyente sigue siendo no quedar fuera del esquema ante la evolución de los precios y la facturación nominal.
